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30/07/2007 | Declaración Pública

Disconformidad con el proyecto de ley que postula la despenalización del aborto


El Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires expresa su completa disconformidad con el proyecto de la diputada Juliana Marino a través del cual se propone modificar el artículo 86 del Código Penal pero en realidad, postula la lisa y llana despenalización del aborto. El Código vigente exime la responsabilidad penal en los casos que el mencionado artículo prevé y que el juez debe juzgar luego de producido el hecho.

La reforma proyectada establece, en abstracto, la autorización legal previa para abortar en los casos previstos, eliminando así la posibilidad del juicio en concreto sobre las circunstancias del hecho, que puede derivar o no en su incriminación.

De esta forma la iniciativa entrada a la Cámara de Diputados de la Nación oscurece sin sentido el primer inciso y amplía absurdamente el segundo, al punto que sólo subsistirá el aborto como delito cuando se practique sin el consentimiento de la mujer.

Si se aprobara la reforma, bastará que la madre aduzca que el embarazo “proviene de una violación” para que el sistema de salud deba provocar el aborto sin más recaudo que una simple declaración firmada de la paciente que lo pide.

La propuesta se desentiende del caso previsto por la ley vigente para proteger a la mujer que, por la alteración de sus facultades, no puede consentir. Y no se preocupa tampoco por verificar que se trate verdaderamente de un abuso sexual cierto y fidedigno.

El proyecto legaliza el aborto si la mujer manifiesta que no quiso la relación sexual que, dice, causó el embarazo, aunque no medie denuncia anterior, rastros de sometimiento o mínima diligencia de corroboración. De esta forma se aspira, lisa y llanamente legalizar el aborto por una vía simulada que pretende engañar a la opinión pública y violar nuestra Constitución y los tratados internacionales que protegen la vida a partir de la concepción, pues con afirmar la madre que no quiso el trato sexual tiene derecho a privar de la vida a la criatura que alberga.

A su vez, la reforma no sólo admite que el médico provoque el aborto de la madre cuya vida o salud corren peligro como dice la ley vigente; lo permite también cuando a su juicio o parecer la criatura sea inviable, librando finalmente la vida concebida a la voluntad de la madre o al pronóstico del profesional que la atiende.

El proyecto virtualmente deroga el delito de aborto por un mecanismo fraudulento que hace pasar como excepción lo que quiere convertir en regla. La ley no puede presumir que la violación hace peligrar la salud psíquica de la mujer ni dar por cierto el sometimiento sexual porque lo diga quien se presenta como la víctima o convenir que la mera apreciación médica decida si una vida es o no viable Elevator Shoes.

El extravío es notorio y grave pues se está atacando un derecho humano básico y fundamental, cual es proteger, preservar y auxiliar al ser humano indefenso.