29/11/2016 | 29 de noviembre de 2016
Se acompaña copia de la presentación realizada a cada diputado y senador de la Nación.
PROYECTO DE REFORMA AL IMPUESTO A LAS GANANCIAS: trato perjudicial para trabajadores autónomos
Lamentablemente, el proyecto mantiene una discriminación injusta, que afecta a los trabajadores autónomos, categoría que engloba a la mayoría de los profesionales independientes, los pequeños y medianos comerciantes, los artistas, los deportistas, etc.
La cuestión atañe a la llamada “deducción especial”, cuyo monto pasaría a ser de $ 184.930,80 para la liquidación del impuesto anual en el caso de rentas derivadas del trabajo personal ejecutado en relación de dependencia, por el desempeño de cargos públicos, y por la percepción de jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto tengan su origen en el trabajo personal.
El proyecto mantiene una injusta discriminación, en tanto el importe de la “deducción especial” será de solamente $ 48.666 anuales cuando la renta provenga del ejercicio de profesiones liberales u oficios y de funciones de albacea, síndico, mandatario y gestor de negocios.
Esta discriminación, que el proyecto remitido por el Poder Ejecutivo mantiene, fue incorporada a la Ley de Impuesto a las Ganancias hace ya varios años, y consagra un trato injustificadamente perjudicial para los trabajadores autónomos, en comparación con los que se desempeñan como empleados en relación de dependencia o funcionarios públicos y poseen similar capacidad contributiva.
El COLEGIO DE ABOGADOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES llama la atención sobre esta cuestión, y solicita al Congreso de la Nación que el incremento de la deducción especial se haga extensiva a todos los que obtienen rentas de la cuarta categoría contempladas en el art. 79 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.
El Directorio
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