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04/11/2009 | Declaración Pública

ACERCA DE PROYECTOS DE LEY SOBRE EL MATRIMONIO HOMOSEXUAL


Han sido presentados en la Cámara de Diputados de la Nación proyectos de ley que proponen modificar el Código Civil para eliminar las exigencias (arts. 172, 188) de que la celebración del matrimonio sea entre un hombre y una mujer.



Se trata de admitir por esta vía la institucionalización de la unión homosexual, equiparándola al matrimonio pese a su insuperable incompatibilidad con la índole de la institución y sus fines esenciales. Además, se permitiría a estas parejas el derecho de adoptar, sin advertir los riesgos psicológicos y demás consecuencias que ello puede significar para los menores.



Frente a esa iniciativa, el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires se ve en la obligación de señalar que los proyectos en cuestión aspiran a canalizar jurídicamente tendencias personales que se pretenden hacer prevalecer por sobre el bien común.



Resulta por demás llamativo y sospechoso que un proyecto de esta naturaleza pretenda ser aprobado por la Cámara de Diputados cuando queda solo un mes para que finalice el plazo de sesiones ordinarias y es inminente el cambio de composición derivado de las últimas elecciones legislativas del 28 de junio pasado. Ello impedirá la posibilidad de un debate serio en la sociedad y la opinión de especialistas en la materia en un tema en donde no se vislumbra urgencia alguna para su tratamiento.



No se trata de negar la posibilidad de actos privados mientras no ofendan al orden ni la moral pública. Tampoco cabe excluir de plano la consideración de algunos efectos derivados de situaciones de hecho que pueden justificar su atención.



No obstante es inadmisible la equiparación entre una institución como el matrimonio que, según la naturaleza y la ley positiva, está ordenada a transmitir la vida, educar a los hijos, y buscar la plenitud personal de quienes la contraen, con una asociación carente de toda trascendencia positiva social y personal, que sólo constituye una manera de satisfacer tendencias individuales o solucionar temas asistenciales o patrimoniales.



Alterar las normas del Código Civil para incorporar a una unión que se pretende legitimar llamándola matrimonio y permitiéndole además adoptar menores, constituye una violación grosera del orden natural, que las leyes deben respetar como criterio objetivo a fin de que el Estado regule correctamente las instituciones sociales y las relaciones humanas