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21/10/2008 | Declaración Pública

ACERCA DEL ANUNCIO DEL PODER EJECUTIVO SOBRE EL REGIMEN PREVISONAL


El Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires advierte acerca de la gravedad institucional que conlleva el anuncio del Poder Ejecutivo Nacional de impulsar la modificación del sistema previsional a través de la estatización del régimen de AFJP. Ya el sólo hecho de su proclamación significa un verdadero retroceso en el plano de las ideas y evidencia la ausencia de compromiso y respeto de las autoridades nacionales hacia la seguridad jurídica, sobre todo cuando pocos meses atrás ley 26.222 modificó el sistema reafirmando la libertad de opción entre el sistema de capitalización y reparto.

Tal ideario proyecta sobre la sociedad argentina el verdadero trasfondo inspirador que motoriza este conjunto de iniciativas, que no es otro que el de la recurrente utilización por parte del Poder Ejecutivo Nacional de los recursos del sistema previsional para satisfacer necesidades coyunturales de financiamiento del Estado.

Urgencias fiscales que el Poder Ejecutivo insiste en ocultar sumadas a cierta preocupación esbozada acerca de los efectos y alcances de la crisis financiera internacional lo llevan a impulsar otro fugaz tratamiento de una reforma previsional, como sucediera en febrero de 2007 con la mencionada Ley 26.222, sin el necesario debate que la sociedad y sus Instituciones requieren y merecen, ante la relevancia del tema.

Basta recordar el tiempo de análisis técnico y discusión parlamentaria que insumió entre 1993 y 1994 la implementación del actual régimen de capitalización mixto, como sucediera también en otros países vecinos, que adoptaron sistemas similares .

Cabe mencionar que este proyecto del Poder Ejecutivo necesariamente debe conjugarse dentro del cuadro de situación que ha creado la reciente ley de movilidad jubilatoria mediante la cual, debido a erróneas y poco transparentes pautas de actualización, en lo sucesivo será insuficiente cualquier recomposición a que de lugar su aplicación y, por ende, el beneficio previsional quedará siempre rezagado del haber real de la actividad.

De sancionarse legalmente la referida iniciativa, además de una nueva violación de los derechos de propiedad que seguramente motivará múltiples reclamos judiciales, también se producirá la consiguiente afectación de los recursos del sistema con destino al gasto corriente del Estado, lo que en perspectiva permite avizorar que se verá privado de la posibilidad de atender adecuadamente a sus prestaciones, además del impacto negativo con que estructuralmente se gravarán las cuentas públicas.

Frente a la arbitraria iniciativa del Poder Ejecutivo motivada pura y exclusivamente en necesidades fiscales presentes, exhortamos el Poder Legislativo para que, con verdadero espíritu republicano actúe como órgano independiente y en representación de los legítimos intereses de quienes los eligieron, evite que la pretendida reforma legal consagre en definitiva un grave daño a nuestro ordenamiento jurídico nacional.