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30/09/2016 | 30 de septiembre de 2016

DECLARACIÓN PÚBLICA CONJUNTA DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES y la ASOCIACIÓN POR LOS DERECHOS CIVILES


El COLEGIO DE ABOGADOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES y la ASOCIACIÓN POR LOS DERECHOS CIVILES comparten la preocupación expresada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la carta enviada al Presidente del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación el 27 de septiembre de 2016, a través de la cual señala la importante cantidad de vacantes de magistrados existentes, tanto en primera como en segunda instancia.

De los 992 cargos de jueces nacionales y federales, 324 posiciones permanecen vacantes. En consecuencia, que 1 de cada 3 cargos de jueces se encuentre vacante, ciertamente, es un dato de la realidad institucional que preocupa e interpela.

Dicha circunstancia no es ociosa ya que genera distintas problemáticas vinculadas a las subrogancias en cada jurisdicción y, por consiguiente, afecta severamente el normal funcionamiento de los tribunales y la administración de justicia.

En este contexto la cantidad de designación de jueces subrogantes es no sólo significativa, sino que, además, es reveladora del carácter extraordinario del sistema de integración y reemplazos de magistrados.

No se trata de un problema súbito, en todo caso refiere a una cuestión que se ha vuelto crónica a pesar de su excepcionalidad. La persistencia de la provisionalidad de los jueces o el hecho de que una importante cantidad de ellos se encuentre en esa condición, desvirtúa el desarrollo regular de la administración de la justicia.

La garantía de independencia judicial, que no es un fin en sí mismo, sino un medio para garantizar su imparcialidad, se conjuga con el principio básico de que toda persona tiene derecho a ser juzgada por tribunales ordinarios de acuerdo a los respectivos procedimientos legales. Ambos constituyen pilares del sistema democrático y republicano de gobierno y dan sustento a las garantías cívicas e individuales.

La situación puntualizada por la Corte Suprema resulta, pues, confirmatoria de una realidad que da cuenta de una severa limitante a la justificada expectativa de la sociedad por consolidar el sistema judicial argentino.
Para que la administración de Justicia, sea idónea, y sus pronunciamientos operen en tiempo y forma, es requisito insoslayable que haya jueces designados conforme el procedimiento jurídico legal preestablecido.

Es menester que el proceso de selección de magistrados nacionales y federales cuya competencia constitucional ha sido asignada al Consejo de la Magistratura de la Nación, además de garantizar la objetividad de su procedimiento y de procurar la búsqueda de los candidatos más capacitados para el cargo sin tener en cuenta motivaciones políticas, opere con celeridad y eficacia.
Esto no está ocurriendo y es impostergable revertir ese déficit.

Buenos Aires, 30 de septiembre de 2016.