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12/08/2019 | 9 de agosto de 2019

Declaración Pública - ADOPCIÓN PRENATAL: DESTACABLE PRECEDENTE JUDICIAL


Un caso inédito ha obtenido una loable sentencia judicial. Fue pronunciada por la jueza de Familia de Paso de los Libres, provincia de Corrientes, María Legarreta.

La misma otorgó con carácter cautelar, urgente y condicionada a la ulterior ratificación del consentimiento materno conforme lo establecido por el art. 697 inc. b del Código Civil y Comercial, el cuidado personal provisorio inmediato al nacimiento con vida del niño por parte de un matrimonio para desempeñar el rol de guardadores provisorios.

Asimismo, reconoce el derecho de la madre para que, libremente, desde el momento mismo del nacimiento del niño y hasta los cuarenta y cinco días posteriores, pueda revertir su decisión de darlo en adopción.

Ante las particularidades del caso –la madre biológica es una menor de edad, violada reiteradamente por su padrastro y que debió huir de su casa ante la violencia que le imponía el violador- la acertada y bien fundada en derecho resolución judicial referida, imprimió plena operatividad al principio vector de nuestro ordenamiento jurídico que reconoce que la existencia de la persona humana comienza con la concepción. Satisfizo, a su vez, el deseo de la madre que, prestando su libre e informado consentimiento, eligió privilegiar la vida del concebido, entregando el recién nacido a otros para su crianza y filiación adoptiva.

El COLEGIO DE ABOGADOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, destaca este encomiable precedente judicial, y exhorta al Congreso de la Nación a tratar y aprobar un marco normativo del proceso de adopción prenatal que permita a las madres que privilegian la vida de sus hijos y que, por las atendibles razones que fueren, no puedan criarlos ni tenerlos consigo, a disponer de este instituto del derecho privado fundado en un acto jurídico que permita dar certeza a los derechos y garantías de todas las personas involucradas.

El Directorio