Reflexiones

Nota del Director



Esta publicación es contemporánea al inicio de un nuevo régimen presidencial que tiene características muy diferentes a las de todos sus predecesores, tanto desde su procedencia como por lo profundo de la crisis que debe afrontar.

Bajo la presidencia del partido saliente, nuestro Colegio de Abogados efectuó fundadas críticas a ciertas políticas que pretendían manipular el funcionamiento institucional en beneficio de las personas que integraban ese gobierno, como así también, la utilización de los recursos públicos para fomentar el posicionamiento de algunos candidatos del oficialismo nacional y provincial.

El desorden generado por una inflación irresponsable, ¿puede ser considerado como un hecho fortuito o, por el contrario, debe entenderse como una decisión de los funcionarios con absoluto desinterés por los derechos de los ciudadanos?

Bien visto, ¿cuán serio es nuestro compromiso con el sistema legal y su funcionamiento institucional? ¿Pueden separarse las decisiones de los poderes institucionales de sus efectos? ¿Cuándo empezaremos a entender que se trata de ambas caras de la misma moneda, y a exigir en consecuencia?

En nuestro número anterior y en las posteriores declaraciones brindadas por el Colegio de Abogados defendimos a los integrantes del Poder Judicial y de la Corte Suprema de Justicia de la Nación contra la pretensión de iniciarle un juicio político a parte de sus integrantes, fundado en razones de estricta conveniencia partidaria. Así también nos opusimos a las justificaciones prestadas a las prórrogas inconstitucionales al plazo de duración en el cargo de algunos jueces que ya se habían excedido en la edad fijada para el cargo, pero que algunas facciones políticas estaban interesadas en que continuaran al frente de ciertas causas de su interés.

Entre tantas declaraciones efectuadas contra las injerencias de la política en el funcionamiento del poder judicial, también nos manifestamos en contra de algún proyecto que pretendía manipular la Corte al ampliarla, siguiendo criterios de estricta conveniencia política.

Todos esos hechos fueron considerados una forma de querer controlar e influir sobre las decisiones judiciales.

Las circunstancias obligan a que bajo el nuevo gobierno se logren soluciones prósperas que ojalá puedan ser duraderas y beneficiosas para todos. Si alguna experiencia puede obtenerse de nuestra historia, una sería evitar repetir acciones que -está demostrado empíricamente- sólo nos han traído más pérdidas que beneficios.  

En cuanto a la forma de sanción de las normas generales, es deseable que las reformas surjan del consenso generado por los representantes en el ámbito legislativo, generando acuerdos sobre cuestiones de funcionamiento básico de la sociedad que puedan ser sostenidos en el tiempo. Con ello se evita la justificación de los decretos de necesidad y urgencia, que son una deformación del sistema normativo y se vuelven blanco de una futura revancha política cuando se produzca el cambio de signo partidario en el gobierno.

La ausencia de esos acuerdos básicos deja en evidencia que cuando se hace referencia a la inseguridad jurídica, deberíamos reconocer que se trata de inseguridad política. Sobremanera cuando son varios los casos en que los mismos legisladores que aprobaron una norma en cierto sentido, no se inmutan en justificar su modificación, pero en sentido contrario. 

Si la respuesta es que esta vez sí queremos tener un compromiso real con el estado de derecho, sea por convicción o al menos porque se especula un mejor resultado en caso de respetar las normas, necesariamente debe formar parte de la solución el actuar con sumo cuidado al momento de la selección de las personas que van a custodiar el ordenamiento legal desde la judicatura. 

Lamentablemente el nuevo gobierno ha propuesto candidatos para integrar la Corte dentro de un espíritu similar al que hemos criticado bajo otras presidencias de diferente color político.

Dentro de las críticas que el Colegio de Abogados ha liderado, son comunes a todas tanto la falta de idoneidad para el cargo como así también, la existencia de indicios serios, precisos y concordantes de que el Dr. Lijo no habría actuado con suficiente imparcialidad.

La calidad de nuestro sistema judicial nunca será superior al de las personas que lo integran.

De sostenerse candidaturas con esas falencias, ¿puede hablarse de vocación por la plena vigencia del Estado de Derecho? Más preocupante aún, ¿qué seguridad pretende otorgar una jurisdicción que se integra con personas que podrían efectuar una aplicación desigual de la norma? En su caso, ¿qué rol les quedaría a los abogados si existen sospechas de una dirección desviada del proceso?

Las instituciones no pueden ni deben desentenderse de los efectos prácticos de sus decisiones, y por eso el especial hincapié que realizamos desde el Colegio de Abogados en la calidad de las personas que se proponen para integrar la judicatura, porque son ellos quienes otorgarán previsibilidad y seriedad a nuestro funcionamiento institucional.

La procura de un resultado económico no puede minimizar estas cuestiones.

Por el contrario, está demostrado que pretender generar influencia indebida en los restantes poderes del estado nos ha privado de calidad institucional, y sirvió para justificar actos de manifiesta ilegalidad, arbitrariedad estatal u otro abuso del gobierno de turno.

Nuevamente se invocan ideas que pretenden defender al individuo de los desvíos del estado, pero esa filosofía merece ser explicada en detalle para que pueda ser bien entendida y compartida.

La referencia genérica a la idea de libertad debe estar acompañada de actos que llevados a la práctica nos demuestren, en circunstancias concretas, que se respetan los derechos individuales.

Solo permitiendo la interacción entre individuos conseguiremos entender el beneficio de la convivencia respetuosa de derechos (en el orden jerárquico que cada individuo proponga), y que se verán reflejados en nuestra libertad a practicar (o no) una religión, a educarnos, a respetar la intimidad ajena, el derecho a poder trabajar, celebrar contratos, y tantas otras cuestiones que son consecuencia directa de la respetuosa convivencia entre personas libres antes que el resultado de una concesión estatal que, tal como enseña la historia, los gobernantes luego pretenden fijarle algún precio o retribución a costa de los ciudadanos.   

Por su asombrosa vigencia es que nos permitimos reproducir en este número el discurso brindado en 1880 por Alberdi en la ceremonia de egreso a los estudiantes de derecho de la Universidad de Buenos Aires, donde su sabiduría premiada por la experiencia del tiempo nos brinda respuestas superiores a varios de los cuestionamientos que todavía nos hacemos.

Alberdi demuestra que las libertades no son divisibles, siendo liberal tanto en lo económico como en lo político, sin efectuar reduccionismos ideológicos que en nombre del libre mercado sacrifican el buen funcionamiento institucional. No hay libre mercado sin institucionalidad.

Traemos a colación las presentaciones efectuadas por el Dr. Alberto Garay como Presidente del Colegio de Abogados, relatando algunos de los ataques a la independencia del Poder Judicial y la forma en que el Colegio salió en su defensa.

Por su parte compartimos la disertación del Vicepresidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que también manifiesta su preocupación por el rol que deben guardar los abogados y los jueces para contribuir al bienestar de nuestro país, señalando los problemas que genera la invocación del llamado neo constitucionalismo y sus consecuencias perjudiciales para el funcionamiento sistémico.

Dentro de las reformas sobre las que el gobierno actual propone innovar se encuentra el régimen tributario nacional, y la relación seguida entre la nación, provincias y municipios respecto de los contribuyentes. Publicamos un trabajo preparado por el Diputado José Luis Espert quien nos explica lo complicado de la situación actual y la necesidad de un cambio de raíz. 

El reconocido árbitro internacional Judd L. Kessler nos comparte su experiencia sobre cuestiones de derecho internacional e inversiones, efectuando una interesante comparación entre el trato recibido por inversores en ámbitos locales, la vigencia en la aplicación concreta del estado de derecho dentro de cada una de las jurisdicciones que menciona y la solución obtenida por las mismas partes en el ámbito internacional. 

Finalmente, Pablo Ferraro Mila relata las modificaciones experimentadas en el ámbito de las operaciones de M&A internacional, el efecto del encarecimiento del crédito luego de la pandemia, cómo esa circunstancia afectó la financiación de algunas operaciones y el modo en que las partes se posicionaron frente a esta variación.

El Director